Mostrando entradas con la etiqueta responsabilidad civil. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta responsabilidad civil. Mostrar todas las entradas

viernes, 13 de agosto de 2010

Responsabilidad de los Administradores, Culpa y Business Judgment Rule

La entrada de The Conglomerate sobre la regulación de la asunción de riesgo, va de lleno en pocas líneas a una de las cuestiones más controvertidas y debatidas a la hora de analizar la eventual responsabilidad de los administradores de sociedades anónimas: la imputación de negligencia. Cierto es que nuestra LSC en su lectura se asienta en la regla general de que la culpa es suficiente para imputar responsabilidad al director. El problema principal de esta solución es que obliga siempre a una retrospectiva (analizar la fecha del fútbol con el diario del lunes) sobre la cual se señala que los jueces no están preparados para ello. El argumento no es del todo convincente, al menos por sí solo. A nadie se le ocurriría afirmar la no responsabilidad del médico que fue negligente aunque actuó según su "mejor saber y entender" y preguntó a colegas sobre la situación.
El argumento más fuerte pasa en realidad por la ineficiencia potencial de generar un excesivo cuidado del administrador, cuando por hipótesis los accionistas tienen su riesgo diversificado. La idea es, por cierto, más propia del mundo de las sociedades abiertas y no en vano la business judgment rule es una criatura del país del norte. Veamos un ejemplo en el reciente litigio contra Citibank: Citigroup was in the business of taking on and managing investment and other business risks. To impose oversight liability on directors for failure to monitor “excessive” risk would involve courts in conducting hindsight evaluations of decisions at the heart of the business judgment of directors. Oversight duties under Delaware law are not designed to subject directors, even expert directors, to personal liability for failure to predict the future and to properly evaluate business risk.
Imagínense "lo fácil" que -con la crisis financiera y la cuasi catastrófica situación de Citi- resultaría imputar negligencia a los directores...

jueves, 24 de septiembre de 2009

Responsabilidad Civil de los Médicos y Costos del Sistema de Salud

Interesante es el artículo de NYT sobre el tema del título. Es conocida la "tendencia litigiosa" en EE.UU. y los costos que ello agrega a la actividad empresarial, incluyendo la profesional.
Típicamente el "exceso de responsabilidad" o las reglas más severas vinculadas con la responsabilidad objetiva pueden llevar a un "sobrecumplimiento" (overdeterrence), que en este caso se traduce en "medicina preventiva", no de las enfermedades sino del bolsillo del doctor...
Uno de los estudios citados compara sistemas con limitación cuantitativa de la responsabilidad  (la "bestia negra" para algunos civilistas para los cuales estos sistemas son inconstitucionales) y otros sin cap, para concluir que estos últimos generan más estudios médicos sin un correlato en mejores resultados.
Ello quizá no sea sorprendente, pero hay otros datos interesantes: sólo el 2 o 3% de los casos de negligencia al reclamo "litigioso", y sin embargo se calcula que los costos de la "medicina preventiva" llegan a U$S 60.000 millones/año.
Tema complejo el de la salud y sus gastos, en el cual el lógico deseo del paciente de tener la máxima seguridad, aunque ello implique estudios inútiles, choca con la naturaleza limitada de los recursos, una de las enseñanzas más básicas de la economía que muchas veces se deja de lado.

viernes, 17 de julio de 2009

Filosofía, Economía, AED y Gripe Porcina (III)

Mientras en mayor o menor medida estamos en una suerte de arresto domiciliario, con algunas salidas para tomar aire, los datos sobre la gripe porcina (o A, si les gusta más) siguen siendo objeto de disputa y, quizá, manipulación o "acomodamiento".
El impacto económico en nuestro país será importante (como si no tuviéramos ya otros problemas que empujan a la recesión), ¿pero qué hay del impacto global?
Predicciones (esa tentación de la que ningún economista deja de sufrir) hay muchas (vean el tratamiento del impacto económico potencial según Posner), sugerencias para enfrentar pandemias, también.
Ahora bien, ¿que interrogantes jurídicos/económicos/políticos? suscita la mala onda de Porky & Co.?
Algunos que se me ocurren:
  • Defensas de caso fortuito o fuerza mayor a la hora de disputas contractuales, o su "primo menor", la frustración del fin del contrato como evento de resolución
  • Subsidios a sectores especialmente perjudicados por la gripe porcina (un clásico argentino, ya me voy anotando...)
  • Responsabilidad civil por contagio (mmm...mi vecino en el ascensor tosió, si me muero avísenle a mi mujer)
  • Temas de abuso de posición dominante en la provisión de medicamentos y/o (cuando existan o sirvan) vacunas
  • Rol del estado nacional y los estados locales en la coordinación de respuestas ante la crisis (tema mucho más importante de lo que se cree si se quiere prevenir otra pandemia, en este caso de pánico)
Por ahora, las estadísticas (si los números no mienten) no son muy preocupantes. Claro que para algún afectado eso no es relevante, lo que me recuerda una anécdota del libro, si no recuerdo mal, Against the Gods, del recientemente fallecido Peter Bernstein (lectura muy recomendable a pesar de que han pasado algunos años y los conceptos de riesgo y percepción, sobre todo en materia financiera, pueden haber cambiado).
Allí se contaba la historia del profesor de estadísticas ruso, que confiado en su ciencia, se negaba a ir a los refugios antiáreos, considerando la mínima probabilidad de que, entre los 7 millones de habitantes, él resultara víctima de los bombardeos. La anécdota es que, cuando una bomba mató al único elefante de Moscú, su percepción del riesgo cambió fundamentalmente.
Deseo que a ninguno nos pase, ni que nos caiga la bomba gripal, ni que actuemos irracionalmente por algún hecho cercano.

¿Cuánto Vale la Vida?

Más de un "hombre de derecho" se horrorizaría ante la pregunta del título, aunque el economista (y cualquier profesional vinculado a la asignación de riesgos y costos) ciertamente no lo estaría. Sin embargo, puede gustarnos o no, pero ese cálculo se hace permanentemente, de manera más o menos explícita, en temas de responsabilidad (civil) por producto, autorización de medicamentos y tratamientos médicos. Y la hacemos, con más o menos conciencia, todos nosotros cuando decidimos hacer o no alguna actividad, comparando utilidad (beneficio) contra costos (claro que no con la calculadora en la mano).
Tampoco la filosofía es ajena a esa pregunta, particularmente las corrientes utilitaristas que tanto han influenciado a los primeros economistas del siglo XIX. Un conocido filósofo (aunque el artículo lo presenta como profesor de bioética) -Peter Singer- nos ofrece hoy en New York Times un approach no técnico, y muy claro, a ese problema en el ámbito de la salud.

jueves, 25 de junio de 2009

Orgullo Herido de Mankiw...

Quizá en otra muestra del "divorcio" entre derecho y economía, Mankiw nos cuenta en su blog como fue excusado de cumplir su función como jurado en un juicio en el que se iba a discutir una cuestión de responsabilidad civil de médicos...
La razón aparente, su carácter de profesor de "la ciencia maldita" en Harvard, circunstancia que parece no haber agradado a los leguleyos del caso. Aunque sus opiniones sobre lo que denominaríamos la industria del juicio "googleadas", seguramente no ayudaron...