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sábado, 20 de marzo de 2010

¿Prohibir Naked Credit Default Swaps?

Hace un tiempo hacíamos referencia a la paradojal posibilidad de ganar con la quiebra vía CDS, y las posibles externalidades de credit default swaps que se usan como herramienta especulativa (esto es, no para cubrir un riesgo propio), sigue dando lugar a apreciaciones críticas y sugerencias para su prohibición. La crisis griega trae el tema de nuevo al tapete, con argumentos para prohibir los naked CDS.
Las razones no dejan de tener peso, si se mira que, finalmente, las externalidades (costos) de esa práctica pueden ser mayores que sus beneficios. Pero el tema debería manejarse con cuidado, ya que el simple hecho de un derivado especulativo no es razón para su prohibición. El mercado requiere especuladores y hedgers.

domingo, 7 de febrero de 2010

Contratos Incompletos

Como lo saben aquellos lectores familiariazados con el AED, los contratos incompletos se refieren básicamente a la imposibilidad de alcanzar en la redacción la totalidad de los universos posibles, y a la inconveniencia de intentarlo (costos de transacción incrementados, ausencia de un razonable análisis de probabilidad del evento, deals que se esfuman por discusiones que sólo los abogados generan y ponen sobre la mesa, etc.).
Lamentablemente, muchos abogados se "enroscan" con escenarios posibles pero altamente improbables, y agregan hipótesis tras hipótesis en los contratos, en la búsqueda imposible del "contrato completo". Una de las variadas maneras en las que el abogado puede, en lugar de crear valor, destruirlo (un trabajo de mi autoría sobre el tema acá).
En ocasiones, sin embargo, se intenta utilizar lenguajes muy generales orientados a una finalidad parecida, pero que sólo sirven en supuestos particulares, y siguen teniendo posibles temas de interpretación. Algunos ejemplos de lenguaje, en algún caso "cósmico" o "galáctico" se pueden ver en esta nota de WSJ. En algunos casos, como podrán ver, el lenguaje no es menos que desopilante.

viernes, 13 de noviembre de 2009

Algunas Reflexiones sobre la Regulación de los Derivados

Sí, "reflexiones" como las del título abundan luego de la crisis, en la que algunos derivatives tuvieron, no en solitario, un rol importante. De hecho, hay ya proyectos para su regulación que seguramente serán aprobados en breve.
Siempre estuvo rondando al tema de los derivados su exigibilidad vinculada a su -alegado- carácter de contrato de juego o azar, y aunque buena parte de la doctrina descartó esa posibilidad -me incluyo-, aun en EE.UU. los derivados especulativos que se negociaban en mercados no OTC no tuvieron su enforceability hasta el año 2000 (acá una breve referencia histórica al tema).
Pero hay otra perspectiva interesante para analizar, desde el punto de vista jurídico, y económico, como soporte para una eventual regulación de los derivados OTC.
El contrato, como es sabido, tiene como uno de los elementos esenciales a la causa (fin), a veces identificada como la finalidad económico y social del negocio, y en un contrato OTC puramente especulativo, en el cual ambas partes efectivamente "apuestan" a un resultado, cabría preguntarse si está justificado que el ordenamiento reconozca validez al negocio.
En la mira económica, el tema pasa por las externalidades. Los derivados OTC, aun cuando han favorecido la liquidez en tiempos de normalidad, han aumentado de manera sustancial el riesgo sistémico, y de esto modo proyectado los problemas de solvencia individual de una de las partes al conjunto de la economía, esto es, a terceras partes ajenas al negocio.
El mercado no se ha mostrado como eficiente en este aspecto, y no podía esperarse otra cosa cuando los OTC son opacos como fuente de información, sin referencias para riesgos agregados que el mercado, pudiera, eventualmente procesar.
Más allá de detalles, parece razonable la idea de traer los OTC a mercados organizados, y medir el riesgo agregado y que esta información sea pública. No se trata de prohibir los derivados OTC, sino de evitar las serias externalidades que pueden provocar, que más que compensan en un análisis costo-beneficio sus ventajas como habilitadores del crédito en el mercado financiero no regulado.

sábado, 8 de agosto de 2009

Tirando Sal en la Herida...

Si hay algo que cabe envidiarle a EE.UU., es la excesiva litigiosidad de su sociedad, que muchas veces se pasa de la sana función de generar incentivos para conductas adecuadas o eficientes, al extremo de un ineficiente overdeterrence (una crónica los "excesos" ofrece este sitio).
En materia de mercados de capitales y fraudes con impacto mediático por su entidad, siempre existe la tentación política de buscar nuevos bolsillos para un chip in en beneficio de las víctimas de fraudes futuros, que se manifiesta en proyectos y eventualmente leyes no siempre debidamente meditadas o fundadas en una adecuada valoración de los costos que ella generan, comparados con los beneficios potenciales.
Un proyecto de un ex republicano convertido en demócrata (parece que Borocotó no está sólo en el mundo), apunta a facilitar las acciones contra asesores y profesionales que se considere han prestado asistencia sustancial en el fraude. No suena irrazonable, hasta que se entiende que el proyecto ingresa en cuestiones que han sido resueltas por la Suprema Corte (por supuesto, interpretando la normativa entonces vigente), y que con ello se quiere sancionar a alguien que, por definición, es menos que cómplice.
Un tema que ya está generando debate, y que habrá que seguir con atención.

sábado, 4 de julio de 2009

Filosofía, Economía, AED y Gripe Porcina (II)

En la entrada previa señalaba que desde el punto de vista ético-filosófico, no cabía sustentar la omisión del actuar estatal en el respeto de los derechos individuales (autodeterminación), atento al evidente perjuicio para terceros a raíz del contagio (externalidades negativas, en términos económicos).
No significa ello que se deba actuar irreflexivamente, dictando medidas que, en un análisis costo-beneficio, no tengan sentido alguno. A propósito de este tema, estoy releyendo un libro que encontré perdido en Yenny hace un par de años, que es muy recomendable para analizar justamente la cuestión del costo-beneficio en el diseño de políticas estatales por temas que incluyan la seguridad pública. Se trata de Riesgo y Razón de Carl Sunstein, quien -sin afirmar que ese análisis sea la única medida para justificar una acción u omisión del Estado-, dice entre otras cosas:
"Gran parte de la promesa de un Estado de costo-beneficio reside en su capacidad para identificar modos de proteger la salud y de prolongar las vidas que la intuición ordinaria descuidaría...no debería ser visto como un intento de reducir los propósitos sociales a una fórmula aritmética. Es más bien un modo como los seres humanos, conscientes de sus propias limitaciones, pueden incrementar la probabilidad de que la legislación y las políticas promuevan los objetivos humanos".
En la pandemia actual, no hay que actuar puramente sobre la base de la heurística de la disponibilidad (tema que mencionamos en otra entrada), ya que el impacto económico de malas decisiones es significativo (más en la próxima entrada).
Claro que un presupuesto para ello sería contar con la información necesaria y relevante, y no que -como lamentablemente ocurre en otra áreas-, se mienta de manera alevosa con las cifras de enfermos, lo que desvirtúa cualquier chance de análisis serio de probabilidad (siempre se puede errar en el cálculo, pero que de una semana a otra pasemos de 2500 afectados a 100.000, es una muestra de la manipulación numérica a la que espero no nos acostumbremos).