domingo, 11 de octubre de 2009

¿Deberes Fiduciarios para los Asesores de Inversión?

Como ya alguna vez lo mencioné, las crisis y los escándalos dan espacio a un overshooting regulatorio ("algo hay que hacer"), y en este caso existe un proyecto de ley que pretende cubrir el riesgo de copycats de Madoff.
Los "remedios" habituales, registro, poderes expandidos del regulador secundario, y lo que motiva esta entrada, la presencia de un standard fiduciario para los asesores de inversión.
No ya simplemente un criterio de adecuación de las inversiones sugeridas, sino un test (mediante normas abiertas) más severo.
Alguna vez sostuve, en ocasión de la vergonzosa asignación de activos defaulteados a ciudadanos argentinos previo a 2002 (conocí gente -mucha- con 100% de su patrimonio conformado por lo que sus "asesores" de banca privada les recomendaron: bonos corporativos y soberanos argentinos), que la actividad de asesores de inversión debía contar con algún grado de reglamentación. Pero la imposición de deberes fiduciarios, suena prima facie como excesiva. Al menos, sin una idea clara de qué se supone que ello implica en un marco donde típicamente se opera con activos con riesgo de inversión.
De todas maneras, una iniciativa para seguir, ya que cambios seguramente se incorporarán y en un mercado global, las tendencias regulatorias se expanden.

5 comentarios:

  1. Excelente Martin, desconfió de tanta regulación, a propósito hay algunas ideas de regulación de la CNV que son para estar atentos.

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  2. CNV está haciendo un cambio que he notado en criterios interpretativos, con algunos indicios normativos al modificar las Normas. Habrá que ver si se hacen formalmente cambios sustantivos, y adonde llevan. A veces me da la impresión que hay concentración en detalles, y temas sustanciales no se abordan. Pero en cualquier caso, creo que los cambios seguirán, y efectivamente habrá que estar atentos.

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  3. Habrá que ver como se implementa en Argentina una adecuada regulación de los deberes fiduciarios de los intermediarios y administradores de activos.

    La CNV avanzó con la implementación del Código de Protección al Inversor, pidiendo estándares de "conocer al cliente" más concretos que antes (había algo sobre lavado de dinero) y de advertir sobre inversiones inadecuadas al perfil del inversor. Así las cosas, los perfiles del contrato de comisión/mandato de una sociedad de bolsa con su cliente se están desdibujando por que introduce un "condimento" de asesoramiento en este sentido: ¿que es adecuado conforme al perfil? ¿que activos se asocian con el perfil preparado? ¿si hubo una equivocación al perfila al cliente?

    La normativa conduce a que los intermediarios asuman funciones de asesoramiento, por más de que casi todas lo hagan en la práctica. La consagración legal del asesoramiento “obligatorio” podría aumentar los costos transaccionales por la traslación de los gastos en que incurran los intermediarios para cobertura de ese riesgo (seguros de D&O, asesoramiento legal complejo, etc.).

    A eso agregaría que el mercado de capitales local es minúsculo y que la cantidad de personas (empleados, autónomos, etc.) que regularmente colocan sus excedentes en el mercado de capitales no debe ser grande ;- )

    Además, lo que pasa siempre es que, los aciertos son propios y los errores son del asesor. Así, se instala una presunción de que si el cliente perdió es que por fue mal asesorado, por que de haber estado bien asesorado no hubiese perdido. Y a eso se agrega el segundo presupuesto: los Bancos / asesores no pueden (casi) equivocarse por que son personas muy entendidas en lo que hacen.

    Por eso me parece que una buena política, además de regular la responsabilidad y deberes de cuidado de los administradores, es fomentar la educación del inversor para que puede hacer su propia evaluación.

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  4. Sí, riesgos en una regulación existen, y la tentación de juzgar al asesor con el diario del lunes es importante. Pero lo que pasa, que hay mucho chanta en este tema, gente que no tiene ni idea de los productos y sale a venderlos casi con un manual genérico. Inversores individuales hay, comparativamente con otros países, pocos. Pero las razones exceden largamente el tema deberes de asesoramiento, y se vinculan más con un sistema en el cual la seguridad jurídica y la unión entre (razonables) expectativas y realidad no se dan muy seguido.
    Educar, siempre es bueno, pero hay temas demasiado complejos para el inversor medio, y el costo de aprender no siempre se relaciona con los beneficios, y puede ser ineficiente asignar al inversor un deber de conocer o informarse

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  5. La gente que hace banca privada no merece mi respeto, y vos sabrás que existen muchos buenos motivos para pensar así.

    Por un "módico" 2% anual sobre stock más un success fee si el rendimiento de la cartera supero LIBOR más 5%, tenés el teléfono de un muñeco que lo único que tiene para ofrecer son (a) tarjetitas lindas de un banco con un nombre muy impressive, (b) los modales y el savoir vivre de un chico bien criado, y (c) una carrera universitaria en un área conexa a la actividad, con mediocres resultados.

    Qué te puede aconsejar un tipo así? Lo que a su banco le interese que la gente le compre. Es lamentablemente así. Intentá, si no, abrir una cuenta de broker en uno de esos mismos bancos, sin asesoramiento, con sólo un tipo en el teléfono que levante tus órdenes, y vas a ver que te dicen que ese producto no lo ofrecen. Como mucho, te ofrecerán una bonificación en el success fee.

    Por eso, no respetaré nunca la actividad de banca privada (o wealth management, como a un pícaro se le ocurrió marketear este escándalo). Y si les aplican deberes fiduciarios, que se embromen. Creo que disfrutaría mucho el show, sentado desde una butaca comiendo pochoclo.

    Saludos!

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